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¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley?
Según el Código del Trabajo de Honduras, después de un año continuo de servicio, el trabajador tiene derecho a vacaciones remuneradas. La duración varía según la antigüedad: • Después de 1 año y hasta 2 años: 10 días laborables consecutivos. • Después de 2 años y hasta 3 años: 12 días laborables consecutivos. • Después de 3 años y hasta 4 años: 15 días laborables consecutivos. • Después de 4 años en adelante: 20 días laborables consecutivos. Notas importantes: • El patrono señalará la época de vacaciones dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicio. • Las vacaciones deben ser remuneradas con el salario ordinario más un recargo del 25%. • Está prohibido compensar las vacaciones en dinero, salvo al terminar la relación laboral. • El trabajador no puede prestar servicios remunerados durante sus vacaciones a ningún empleador.
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